Decreto433-1992·1992

SOCIEDADES COMERCIALES - COOPERATIVAS AGRARIAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/09/1992

Fecha de publicación

23/09/1992

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Declárense aplicables a las Cooperativas Agrarias las disposiciones del decreto Nº 540/991, de 4 de octubre de 1991.

Artículo 2Artículo 2

La intervención prevista en el Art. 2º del decreto Nº 540/991, de 4 de octubre de 1991, para las Cooperativas Agrarias, quedará a cargo de la Dirección de Servicios Jurídicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Artículo 3Artículo 3

Las normas del decreto Nº 540/991, de 4 de octubre de 1991, se aplicarán a los ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 1992.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.