Decreto433-1993·1993

FUNCIONARIOS POLICIALES - VIATICO POR CONCEPTO DE ALIMENTACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/09/1993

Fecha de publicación

13/10/1993

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase a partir del 1º de setiembre de 1993, en $U 285,44 (Pesos Uruguayos doscientos ochenta y cinco con cuarenta y cuatro centésimos), el viático por concepto de alimentación a percibir mensualmente por los Agentes de 1a. y 2a. del Inciso 04- Ministerio del Interior.

Artículo 2Artículo 2

Las erogaciones correspondientes serán atendidas con cargo al Rubro 3.00 "Servicios no Personales", del programa 001 "Administración General" del Inciso 04 "Ministerio del Interior", siendo afectadas a los créditos presupuestales de cada ejercicio de acuerdo a su disponibilidad, pudiendo superarse el 25% de afectación trimestral cuando el gasto lo requiera, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso final del artículo 47 de la Ley 16.320 de 1º de noviembre de 1992.

Artículo 3Artículo 3

Este importe será actualizado en el mismo porcentaje y en ocasión de los aumentos salariales que el Poder Ejecutivo disponga para la Administración Central.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y pase a los Departamentos de Contaduría Central y Financiero Contable del Ministerio del Interior y a la Contaduría General de la Nación. Cumplido, archívese.