Decreto434-2023·2023

FIJACION DE UNA REBAJA DEL IVA A TURISTAS NO RESIDENTES, SIEMPRE QUE EL PAGO LO EFECTUEN MEDIANTE TARJETAS DE DEBITO, CREDITO U OTROS INSTRUMENTOS ANALOGOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/12/2023

Fecha de publicación

1 de agosto de 2024

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Extiéndese el beneficio dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 342/023, de 26 de octubre de 2023, a las operaciones que sean abonadas mediante pago con transferencias electrónica de fondos provenientes del exterior, en los términos y condiciones establecidos en el Decreto N° 376/012, de 23 de noviembre de 2012, modificativos y concordantes.

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

Lo dispuesto en el presente decreto rige a partir del 1° de enero de 2024.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese y archívese.