Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el monto de la multa prevista en el artículo 21 de la ley 13.663, de 14 de junio de 1968, sobre fertilizantes, entre las cantidades de N$ 1.760,00 (son nuevos pesos un mil setecientos sesenta) y N$ 707.772,00 (son nuevos pesos setecientos siete mil setecientos setenta y dos).