Decreto438-1989·1989

EXONERACIONES DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS PARA APARATOS TECNICOS DONADOS AL MINISTERIO DE GANADERIA AGRICULTURA Y PESCA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/09/1989

Fecha de publicación

19/01/1990

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Exceptúase el pago de los precios por concepto de almacenamiento, previsto por el decreto 387/983 del 7 de octubre de 1983, en la redacción dada por el decreto 423/984 del 2 de octubre de 1984, a los aparatos técnicos donados al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca por la Sociedad para la Cooperación Técnica (GTZ) en el marco de la Cooperación Técnica establecido entre la República Oriental del Uruguay y la República Federal de Alemania, llegados al Aeropuerto Internacional de Carrasco a partir del mes de febrero de 1988, individualizados con los conocimientos 045-0073 3880 y 220-567 23122.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.