Decreto438-1992·1992

FIJACION DE TARIAS DE GAS NATURAL. COMPAÑIA DEL GAS DE MONTEVIDEO. JULIO 1992

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/09/1992

Fecha de publicación

10 de febrero de 1992

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse las tarifas máximas de gas por cañerías para los servicios a cargo de la Compañía del Gas de Montevideo, que se aplicarán a los consumos, que se efectúen a partir del 1º de julio de 1992, conforme al detalle siguiente: TARIFA 1) Comprende los servicios residenciales. Se compondrá de: 1.1 Un cargo de consumo de gas de N$ 848 el m3. Para consumos de 0 hasta 50 m3 habrá 10 m3 sin cargo. 1.2 Un cargo fijo mensual: De 0 a 10 m3 N$ 15.476 De 11 a 50 m3 N$ 20.255 De 51 m3 en adelante N$ 29.723 TARIFA 2) Comprende empresas comerciales, de servicios, confiterías y hotelería en general. Se compondrá de: 2.1 Un cargo por consumo de gas de N$ 848 el m3. 2.2 Un cargo fijo mensual De 0 a 10 m3 N$ 16.513 De 11 m3 en adelante N$ 67.150 TARIFA 3) Comprende otros usos (servicios a empresas manufactureras, centros de asistencia médica pública y privada, dependencias estatales). Se compondrá de: 3.1 Un cargo fijo por consumo de gas de N$ 848 el m3. 3.2 Un cargo fijo mensual de N$ 138.790. (*)

Artículo 2Artículo 2

A los precios que se establecen en el Art. 1º deberán adicionársele los impuestos que en cada caso correspondan.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.