Decreto438-2023·2023

FIJACION DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DISTRIBUCION DE LA PARTIDA QUE CORRESPONDE A LOS FUNCIONARIOS DE CASINOS, PREVISTO EN EL ART. 2° DE LA LEY 13.797

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/12/2023

Fecha de publicación

1 de agosto de 2024

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

A partir del 1° de enero de 2024 se dispone que la distribución de la parte del porcentaje previsto en el literal a) del artículo 2° de la Ley N° 13.797, de 28 de noviembre de 1969, en la redacción dada por el artículo 2° de la Ley N° 13.921, de 30 de noviembre de 1970, que corresponde a los funcionarios que sean asignados, por un lado al Casino del Estado - Nogaró y la Sala de Esparcimiento - Punta Shopping; y por otro, a las Salas de Esparcimiento - Colonia Centro y Colonia Sacramento de la Dirección General de Casinos, se realice en común, entre los respectivos beneficiarios de dicho incentivo, que se desempeñen en los referidos establecimientos como si fuera una misma repartición.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese y archívese.