Decreto439-1992·1992

FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. SETIEMBRE 1992

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/09/1992

Fecha de publicación

10 de julio de 1992

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécese el monto del Salario Mínimo Nacional a todos sus efectos en N$ 278.300 (nuevos pesos doscientos setenta y ocho mil trescientos) mensuales o sus equivalentes resultantes de dividir dicho importe entre veinticinco para determinar el jornal diario o entre doscientos para determinar el jornal horario. (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo 1 regirá a partir del 1º de setiembre de 1992 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales y de la esquila.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y publíquese en dos diarios de la Capital.