Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase la modificación del artículo 13º del Sexagésimo Séptimo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 2, suscrito entre los Gobiernos de la República Federativa del Brasil y la República Oriental del Uruguay y aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 295/2007 del 13 de agosto de 2007, que consta en Acta de Rectificación extendida el 7 de agosto de 2007 por la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980. (*)