Decreto439-2012·2012

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. NOVIEMBRE 2012

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/12/2012

Fecha de publicación

1 de octubre de 2013

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de noviembre de 2012, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 607,56 (pesos uruguayos seiscientos siete con cincuenta y seis centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de noviembre de 2012 en $ 602,36 (pesos uruguayos seiscientos dos con treinta y seis centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de noviembre de 2012 a 117,58 (ciento diecisiete con cincuenta y ocho), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de diciembre de 2012 es de 1,0903 (uno con novecientos tres diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.