Decreto439-2023·2023

EXHORTACION A LA URSEA A SUSPENDER LA VIGENCIA DE LA METODOLOGIA DE CALCULO DEL PRECIO MAXIMO INTERMEDIO (PMI) APROBADA EN LA RESOLUCION DEL DIRECTORIO DE URSEA N° 517/023, Y SOLICITASE A ANCAP PARA CONTINUAR ADMINISTRANDO EL PAGO DE FLETES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/12/2023

Fecha de publicación

1 de setiembre de 2024

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Se exhorta a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) a suspender la vigencia de la metodología de cálculo del precio máximo intermedio (PMI) aprobada en la Resolución del Directorio de URSEA N° 517/023, del 26 de setiembre de 2023, hasta el 30 de noviembre de 2025.

Artículo 2Artículo 2

Se exhorta a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua a que durante dicho período continúe calculando mensualmente un Precio Máximo Intermedio Transitorio (PMIT) de acuerdo a la fórmula aprobada en el artículo 5 de la Resolución del Directorio de URSEA N° 141/021, del 29 de setiembre de 2021.

Artículo 3Artículo 3

Se exhorta a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) a que continúe administrando el pago de fletes, costo que continuará integrando el Precio en Planta de distribución de combustibles líquidos (PEP) según el Artículo 1 del Decreto 201/021 del 28 de junio de 2021, de acuerdo al tarifario vigente. La actualización comenzará a regir a partir del mes de julio de 2024 y será realizada semestralmente de acuerdo a la fórmula del Anexo que forma parte del presente Decreto. (*)

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.