Decreto44-2001·2001

PRORROGA REDUCCION DEL GASTO PUBLICO. HORAS EXTRAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de julio de 2001

Fecha de publicación

13/02/2001

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase a partir del 1º de enero de 2001 y por el presente ejercicio, la vigencia del Decreto Nº 158/000 de 29 de mayo de 2000, estableciéndose que el tope en el monto del gasto en horas extras, no podrá superar el 90% del gasto correspondiente al mismo período del año 1999, actualizado.-

Artículo 2Artículo 2

Exhórtase a los Organismos comprendidos en los artículos 220º y 221º de la Constitución de la República a adoptar medidas similares a las dispuestas para la Administración Central.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.