Decreto440-1994·1994

MODIFICACION AL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE ARMAS Y SERVICIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/09/1994

Fecha de publicación

10 de noviembre de 1994

Artículos (1)

Artículo 1

Artículo 1.- Modifícanse los siguientes numerales del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Armas y Servicios aprobado por el artículo 1º del Decreto 309/980 de 3 de junio de 1980, los que quedarán redactados de esta manera: 4.3.3 Escuela de Personal Subalterno del Ejército. 4.3.3.1 Jefe de la Escuela de Personal Subalterno del Ejército. 4.3.3.2 Segundo Jefe de la Escuela de Personal Subalterno del Ejército. 4.3.3.3 Ayudantía. 4.3.3.4 Dos compañías como mínimo de acuerdo a las Armas, organizadas en base a: 4.3.3.4.1 Comando. 4.3.3.4.2 Jefes de Sección 4.3.3.4.3 Alumnos. 6.6 Escuela de Personal Subalterno del Ejército. 6.6.1 Jefe de la Escuela de Personal Subalterno del Ejército. La Jefatura es ejercida por un Jefe dependiente de la E.C.P.E. y le competen las responsabilidades por el cumplimiento de las finalidades indicadas en 2.2.2 del presente Reglamento y como tal le corresponde: 6.6.1.1 Ejercer la jefatura y el mando del Personal de la Escuela de Personal Subalterno del Ejército, siendo responsable de la administración, disciplina e instrucción. 6.6.1.2 Establecer las normas de acuerdo a las directivas del superior para la enseñanza de instrucción que se imparte en la misma, siendo su responsabilidad: 6.6.1.2.1 Asegurar el mejor uso y empleo de enseñanza necesario para el cumplimiento de los Programas. 6.6.1.2.2 Asesorar la Unidad de Doctrina en la instrucción, la progresión y continuidad de la enseñanza, coordinando en todo momento la acción. 6.6.5.2 Estar en condiciones de informar sobre las notas obtenidas por los alumnos en la totalidad de las materias, siguiendo la marcha de actuación de cada uno, alertando al Comandante de Compañía respectivo, sobre aquellos de actuación inferior a la necesaria para proseguir normalmente el desarrollo del Curso. 6.6.6 Sub-Oficiales Instructores. En cada Compañía, será designado un Sub-Oficial Mayor, Sargento 1ro. o Sargento -con el Curso para Sargento 1ro. aprobado- como Instructor Interno, quien dependerá directamente del Comandante de Compañía y sus responsabilidades serán las inherentes a su cargo y grado. 6.6.6.1 Integrarán el Equipo de Instructores por Arma o Servicio, de acuerdo a las necesidades de la instrucción, siendo de su responsabilidad lo previsto en 6.6.5.2. 6.6.6.2 Podrán desempeñar tareas administrativas que le sean asignadas por el Jefe de la E.P.S.E. 6.6.6.3 Un Sub-Oficial Instructor será designado para integrar la División Instrucción como Delegado de la E.P.S.E., debiendo conocer detalladamente todas las funciones y actividades de la Escuela a los efectos de coordinar y asesorar, tanto al Jefe de Sección Técnica de la División Instrucción, como a los Comandantes de Compañía de la E.P.S.E."