Decreto441-2008·2008

ELIMINACION DE COBRO DE TASAS POR EXPEDICION DE CEDULAS CATASTRALES COMUNES Y CERTIFICADOS DE VALORES REALES POR UNIDAD DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/09/2008

Fecha de publicación

24/09/2008

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elimínase el cobro de las tasas que percibe la Dirección Nacional de Catastro creadas por el artículo 207 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990, las creadas por el artículo 611 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 y las percibidas por la expedición de las Cédulas Catastrales Comunes y por cada certificado de Valores Reales por Unidad de Propiedad Horizontal creadas por el artículo 258 de la Ley Nº 15.809 de 8 de abril de 1986.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.