Decreto442-1989·1989

ENAJENACION DE CARNE OVINA. EXONERACIONES TRIBUTARIAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/09/1989

Fecha de publicación

22/01/1990

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase por el término de 90 (noventa) días la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado en las enajenaciones de carne ovina que se efectúen en dicho período.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.