Decreto442-2012·2012

REGULACION DE DISPOSICIONES RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO TRANSITORIO DE GUARDIA PERIMETRAL Y CONTROL DE ACCESO A CARCELES, PENITENCIARIAS Y CENTROS DE RECUPERACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/12/2012

Fecha de publicación

31/01/2013

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Encomiéndase hasta el 1° de julio de 2013 al personal militar dependiente del Ministerio de Defensa Nacional el cumplimiento de funciones transitorias de guardia perimetral en aquellas cárceles, penitenciarías y centros de recuperación del Ministerio del Interior a determinar.

Artículo 2Artículo 2

Encomiéndase hasta el 1° de julio de 2013 al personal militar dependiente del Ministerio de Defensa Nacional el control de acceso y egreso, revisación e inspección de personas, vehículos y objetos que ingresen a las cárceles, penitenciarías y centros de recuperación siempre que cumplan la función de guardia perimetral externa. El personal militar no quedará exento del control a que refiere el inciso anterior.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y dese cuenta a la Asamblea General.