Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la emisión de Notas de Tesorería por hasta la suma de UYU 10.800:000.000 (pesos uruguayos diez mil ochocientos millones) de madurez de entre 2 (dos) y 5 (cinco) años de plazo: de UI por hasta la suma de 7.200:000.000 (unidades indexadas siete mil doscientos millones) de madurez de 4 (cuatro) a 25 (veinticinco) años de plazo; y de UP 36.900:000.000 (unidades previsionales treinta y seis mil novecientos millones) de madurez entre 4 (cuatro) a 30 (treinta) años de plazo; por los montos. condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas. La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024