Artículo 1 — Artículo 1
Increméntanse las retribuciones de los trabajadores de la Banca de Cubierta Colectiva de Quinielas de Montevideo en un 17.3% sobre los salarios percibidos de acuerdo a las categorías que figuran en las Planillas de Control de Trabajo, incluyendo en la base de cálculo el premio estímulo, con vigencia desde el 1° de junio de 1986 y hasta el 30 de setiembre de 1986. Mantiénese el régimen de premio estímulo para los trabajadores que actualmente lo perciban.