Artículo 1 — Artículo 1
Recalifícanse las actividades de la División Portland de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP), declarándose que sus trabajadores no están comprendidos en la bonificación establecida en el Literal B) del artículo 1º del Decreto Nº 502/84 de 12 de noviembre de 1984.