Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común a partir del 01/10/2009, de conformidad con los dos anexos que forman parte del presente Decreto. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común a partir del 01/10/2009, de conformidad con los dos anexos que forman parte del presente Decreto. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Dése cuenta a la Asamblea General.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y archívese.