Artículo 1 — Artículo 1
La actuación del Área del Fondo de Bienes Decomisados de la Junta Nacional de Drogas (JND) dependiente de la Secretaría Nacional de Drogas (SND-FBD) en el marco de los procedimientos establecidos por el Reglamento de Bienes Decomisados de la JND aprobado por el Decreto N° 339/010, de 18 de noviembre de 2010, se desarrollará en forma coordinada con la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT).