Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el valor de la tarifa pasajero - kilómetro para los servicios de transporte de pasajeros por carretera en líneas nacionales de Corta Distancia: $ 2,990 (pesos uruguayos dos con novecientos noventa milésimos); Media y Larga Distancia Regional: $ 2,882 (pesos uruguayos dos con ochocientos ochenta y dos milésimos); y Larga Distancia Central: $ 2,939 (pesos uruguayos dos con novecientos treinta y nueve milésimos).