Decreto443-2023·2023

FIJACION DE TARIFA DE PASAJERO PARA LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE. 1° DE ENERO DE 2024

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/12/2023

Fecha de publicación

1 de setiembre de 2024

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la tarifa pasajero - kilómetro para los servicios de transporte de pasajeros por carretera en líneas nacionales de Corta Distancia: $ 2,990 (pesos uruguayos dos con novecientos noventa milésimos); Media y Larga Distancia Regional: $ 2,882 (pesos uruguayos dos con ochocientos ochenta y dos milésimos); y Larga Distancia Central: $ 2,939 (pesos uruguayos dos con novecientos treinta y nueve milésimos).

Artículo 2Artículo 2

Fíjanse los precios por el uso de los andenes de la Terminal de Ómnibus de "Tres Cruces" de la ciudad de Montevideo ("Toque"), para los servicios de las empresas que tengan origen o destino en la ciudad de Montevideo, en los siguientes valores máximos: Servicios nacionales de corta distancia $ 116,64 Servicios nacionales de media distancia $ 233,29 Servicios nacionales de larga distancia $ 360,30 Servicios internacionales $ 440,65

Artículo 3Artículo 3

Facúltase a las empresas de transporte que prestan servicios en líneas nacionales e internacionales de pasajeros, en la Terminal de Ómnibus de "Tres Cruces", el cobro de un precio por embarque, fijándose los siguientes valores: Servicios nacionales de corta distancia $ 8,00 Servicios nacionales de media distancia $ 17,00 Servicios nacionales de larga distancia $ 26,00 Servicios internacionales $ 31,00

Artículo 4Artículo 4

Establécese que el presente Decreto comenzará a regir a partir de la hora cero del 1° de enero de 2024.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese en un diario de circulación nacional y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.