Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la emisión de Notas de Tesorería por hasta la suma de UI 9.500:000.000 (nueve mil quinientos millones de Unidades Indexadas) en los plazos de 2 (dos) a 25 (veinticinco) años; y de UP 24.500:000.000 (veinticuatro mil quinientos millones de Unidades Previsionales) en los plazos de 2 (dos) a 30 (treinta) años; por los montos, condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas. La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.