Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland correspondiente al Ejercicio 2004, de acuerdo con el siguiente
detalle:
PROGRAMA 1.10 ENERGIA - COMBUSTIBLES
$ $
1.- INGRESOS 27.354.288.242
a) Ingresos Propios 27.354.288.242
1 Ventas Netas 20.441.880.389
2 Otros Ingresos del Giro 0
3 Imesi, Iva y Cofis 5.958.463.853
4 Otros Ingresos Ajenos al Giro 953.944.000
b) Financiamiento Externo.- 0
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO
RUBRO DENOMINACION $ $
1.10 Subprograma: Derivados y 349.401.054
Lubricantes
1.100 Retribuciones Servicios 5.995.630
Personales
1 Personal Presupuestado 3.425.382
- Sueldo Básico 3.389.559
- Adelantos a Cuenta 9
- Res. 470/5/92 35.814
2 Personal Contratado 211.245
- Otros Contratados 128.995
- Changas 78.153
- Adelantos a Cuenta 0
- Res. 470/5/92 4.097
3 Otras Compensaciones 2.359.003
- Prima por Antigüedad 141.453
- Varios 1.614.828
- Quebrantos de Caja 6.964
- Viático Comida 485.654
- Compensación Producto 110.104
1.101 Cargas Leg. S/Serv. Pers. 1.002.221
1.102 Materiales y Suministros 134.206.143
- Compra de Crudo 0
- Importación de Derivados 0
- Varios 134.206.143
1.103 Servicios No Personales 85.279.092
1.104 Maq. Equip. Y Mob. Nuevos 2.280.000
1.107 Subsidios y Otras Transferencias 113.985.010
3 Otras Transf. a Org. Públicos 0
4 Otras Transf. a Org. Públicos 0
5 Transf.Unid.Fam.p/Pers.en Act. 539.443
- Hogar Constituído 87.827
- Asignación Familiar 33.159
- Primas nac. y matrim. 2.329
- Serv. Médico 356.148
- Serv.a las Pers. en Act. 59.980
7 Pasantías 45.851
Becas 21.893
9 Trib. Municip. y nac. 113.377.823
1.108 Serv. Deuda y Anticipos 0
1.109 Asignaciones Globales 6.652.957
1.10.1 Subprograma Logística - 266.981.837
Derivados
1.110 Retrib. Servicios Personales 61.059.996
1 Personal Presupuestado 21.225.704
- Sueldo Básico 20.818.466
- Adelantos a Cuenta 39
- Res. 470/5/92 407.199
2 Personal Contratado 5.920.772
- Otros Contratados 5.365.377
- Changas 412.642
- Adelantos a Cuenta 11
- Res. 470/5/92 142.742
3 Otras Compensaciones 33.913.520
- Prima por Antigüedad 1.882.343
- Varios 25.065.443
- Quebrantos de Caja 0
- Viático Comida 5.744.661
- Compensación Producto 1.221.073
1.111 Cargas Leg. S/Serv. Pers. 7.085.292
1.112 Materiales y Suministros 12.138.177
- Compra de Crudo 0
- Importación de Derivados 0
- Varios 12.138.177
1.113 Servicios No Personales 133.092.182
1.114 Maq. Equip. Y Mob. Nuevos 8.481.240
1.117 Subsidios y Otras Transferencias 40.513.602
3 Otras Transf. a Org. Públicos 0
4 Otras Transf. a Org. Públicos 0
5 Transf.Unid.Fam.p/Pers.en Act. 3.592.805
- Hogar Constituído 736.315
- Asignación Familiar 177.466
- Primas nac. y matrim. 44.064
- Serv. Médico 2.467.080
- Serv.a las Pers. en Act. 167.880
7 Pasantías 0
Becas 1.072.745
9 Trib. Municip. y nac. 35.848.052
1.118 Serv. Deuda y Anticipos 0
1.119 Asignaciones Globales 4.611.348
1.10.2 Subprograma Comercialización - 24.672.394.512
Derivados.
1.110 Retrib. Servicios Personales 232.725.829
1 Personal Presupuestado 146.617.997
- Sueldo Básico 145.269.941
- Adelantos a Cuenta 393
- Res. 470/5/92 1.347.663
2 Personal Contratado 4.430.219
- Otros Contratados 955.380
- Changas 3.416.850
- Adelantos a Cuenta 1
- Res. 470/5/92 57.988
3 Otras Compensaciones 81.677.613
- Prima por Antigüedad 5.048.868
- Varios 54.061.123
- Quebrantos de Caja 341.217
- Viático Comida 18.052.398
- Compensación Producto 4.174.007
1.111 Cargas Leg. S/Serv. Pers. 42.023.543
1.112 Materiales y Suministros 13.154.609.187
- Compra de Crudo 12.426.498.806
- Importación de Derivados 498.819.020
- Varios 229.291.361
1.113 Servicios No Personales 3.495.505.064
1.114 Maq. Equip. Y Mob. Nuevos 39.567.240
1.117 Subsidios y Otras Transferencias 5.678.865.032
3 Otras Transf. Org. Públicos 0
4 Otras Transf. Org. Públicos 0
5 Transf.Unid.Fam.p/Pers.en Act. 13.278.678
- Hogar Constituído 3.567.185
- Asignación Familiar 1.447.321
- Primas nac. y matrim. 70.044
- Serv. Médico 5.422.968
- Serv.a las Pers. en Act. 2.771.160
7 Pasantías 2.246.684
Becas 0
9 Trib. Municip. Y nac. 5.663.339.670
1.118 Serv. Deuda y Anticipos 1.528.408.172
1.119 Asignaciones Globales 500.690.445
PROGRAMA 1.11 ENERGIA - GAS NATURAL $ $
1.- INGRESOS 358.800.393
a) Ingresos Propios 358.800.393
1 Ventas Netas 309.256.157
2 Iva 49.544.236
b) Financiamiento Externo 0
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO
RUBRO DENOMINACION $ $
1.11 S/Programa Energía - Gas 353.932.415
Natural.-
1.110 Retrib.Servicios Personales 4.880.710
1 Personal Presupuestado 3.851.370
- Sueldo Básico 3.826.955
- Adelantos a Cuenta 0
- Res. 470/5/92 24.415
2 Personal Contratado 0
- Otros Contratados 0
- Changas 0
- Adelantos a Cuenta 0
- Res. 470/5/92 0
3 Otras Compensaciones 1.029.340
- Prima por Antigüedad 95.825
- Varios 579.391
- Quebrantos de Caja 0
- Viático Comida 315.949
- Compensación Producto 38.175
1.111 Cargas Leg. S/Serv. Pers. 1.119.273
1.112 Materiales y Suministros 93.164.209
1.113 Servicios No Personales 178.044.382
1.114 Maq. Equip. y Mob. Nuevos 402.602
1.117 Subsidios y Otras Transferencias 68.172.903
3 Otras Transf. Org. Públicos 0
4 Otras Transf. a Org. Públicos 0
5 Transf.Unid.Fam.p/Pers.en Act. 168.506
- Hogar Constituído 39.263
- Asignación Familiar 10.527
- Primas nac. y matrim. 0
- Serv. Médico 118.716
- Serv.a las Pers. En Act. 0
7 Pasantías 0
Becas 0
9 Trib. Municip. Y nac. 68.004.397
1.118 Serv. Deuda y Anticipos
1.119 Asignaciones Globales 8.148.336
PROGRAMA 1.12 ENERGIA - SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA
$ $
1.- INGRESOS 167.906.791
a) Ingresos Propios 167.906.791
1 De Terceros 107.450.275
2 Transferencias Interdivisionales 60.456.516
b) Financiamiento Externo 0
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO
RUBRO DENOMINACION $ $
1.12 S/Programa Energía - Serv. Com. a 2.899.713.952
la Empresa.-
1.120 Retrib. Servicios Personales 268.754.052
1 Personal Presupuestado 179.784.051
- Sueldo Básico 177.710.918
- Adelantos a Cuenta 1.579
- Res. 470/5/92 2.071.554
2 Personal Contratado 6.207.510
- Otros Contratados 5.839.116
- Changas 253.751
- Adelantos a Cuenta 80
- Res. 470/5/92 114.563
3 Otras Compensaciones 82.762.491
- Prima por Antigüedad 8.798.854
- Varios 38.787.715
- Quebrantos de Caja 855.978
- Viático Comida 28.748.935
- Compensación Producto 5.571.009
1.121 Cargas Leg. S/Serv. Pers. 42.701.536
1.122 Materiales y Suministros 28.568.624
1.123 Servicios No Personales 130.137.388
1.124 Maq. Equip. y Mob. Nuevos 3.263.789
1.127 Subsidios y Otras Transferencias 1.802.606.461
1 Transf.A C.Gral.De la Nación 3.788.152
3 Otras Transf. a Org. Públicos 3.345.070
4 Otras Transf. a Org. Públicos 8.033.456
5 Transf.Unid.Fam.p/Pers.en Act. 73.602.377
- Hogar Constituído 3.793.099
- Asignación Familiar 1.721.885
- Primas nac. y matrim. 111.232
- Serv. Médico 42.839.549
- Otros con Retardo Mental 5.333.857
- Serv.a las Pers. en Act. 10.977.395
- Serv. a Unid. Famil. 8.825.360
7 Pasantías 2.566.632
Becas 425.095
9 Trib. Municip. Y nac. 1.710.845.679
1.128 Serv. Deuda y Anticipos 618.823.008
1.129 Asignaciones Globales 4.859.094
PROGRAMA 1.13 ENERGIA-FACTOR HUMANO A REAPLICAR
1.- PRESUPUESTO OPERATIVO
RUBRO DENOMINACION $ $
1.13 S/Programa Energía - Factor 64.200.948
Humano a Reaplicar.-
1.130 Retrib. Servicios Personales 48.156.902
1 Personal Presupuestado 26.363.281
- Sueldo Básico 25.710.917
- Adelantos a Cuenta 222
- Res. 470/5/92 652.142
2 Personal Contratado 101.669
- Otros Contratados 82.721
- Changas 17.290
- Adelantos a Cuenta 1
- Res. 470/5/92 1.657
3 Otras Compensaciones 21.691.952
- Prima por Antigüedad 2.567.608
- Varios 9.131.543
- Quebrantos de Caja 63.787
- Viático Comida 8.596.672
- Compensación Producto 1.332.342
1.131 Cargas Leg. S/Serv. Pers. 11.215.082
1.132 Materiales y Suministros 0
1.133 Servicios No Personales 0
1.134 Maq. Equip. y Mob. Nuevos 0
1.137 Subsidios y Otras Transferencias 4.828.964
3 Otras Transf.a Org. Públicos 0
4 Otras Transf.a Org. Públicos 0
5 Transf.Unid.Fam.p/Pers.en Act. 4.828.964
- Hogar Constituído 1.199.037
- Asignación Familiar 720.787
- Primas nac. y matrim. 53.975
- Serv. Médico 1.497.648
- Otros con Retardo Mental 0
- Serv.a las Pers. en Act. 1.357.517
- Serv. a Unid. Famil. 0
7 Pasantías 0
Becas 0
9 Trib. Municip. y nac. 0
1.138 Serv. Deuda y Anticipos 0
1.139 Asignaciones Globales 0
PROGRAMA 1.3 - PORTLAND.-
$ $
1.- INGRESOS 490.503.453
a) Ingresos Propios 490.503.453
1 Ventas Netas 384.990.292
2 Transferencias Interdivisionales 2.759.252
3 Iva y Cofis 102.753.909
b) Financiamiento Externo 0
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO
RUBRO DENOMINACION $ $
1.30 Programa Portland 513.356.260
1.300 Retrib. Servicios Personales 73.157.024
1 Personal Presupuestado 36.138.072
- Sueldo Básico 35.495.499
- Adelantos a Cuenta 255
- Res. 470/5/92 642.318
2 Personal Contratado 250.594
- Otros Contratados 212.779
- Changas 33.451
- Adelantos a Cuenta
- Res. 470/5/92 4.364
3 Otras Compensaciones 36.768.358
- Prima por Antigüedad 2.377.634
- Varios 24.264.204
- Quebrantos de Caja 203.486
- Viático Comida 8.415.252
- Compensación Producto 1.507.782
1.301 Cargas Leg. S/Serv. Pers. 12.925.766
1.302 Materiales y Suministros 155.147.054
1.303 Servicios No Personales 159.143.727
1.304 Maq. Equip. y Mob. Nuevos 25.780.182
1.307 Subsidios y Otras Transferencias 77.000.378
3 Otras Transf. a Org. Públicos 0
4 Otras Transf. a Org. Públicos 0
5 Transf.Unid.Fam.p/Pers.en Act. 7.580.007
- Hogar Constituído 1.857.533
- Asignación Familiar 676.608
- Primas nac. y matrim. 41.671
- Serv. Médico 4.091.136
- Otros con Retardo Mental 0
- Serv.a las Pers. en Act. 913.059
- Serv. a Unid. Famil. 0
7 Pasantías 2.655.407
Becas 1.594.126
9 Trib. Municip. Y nac. 65.170.838
1.308 Serv. Deuda y Anticipos
1.309 Asignaciones Globales 10.202.129
PLAN ANUAL DE INVERSIONES.
RUBRO DENOMINACION $ Miles $
0 Retrib.de Servicios Personales 10.472
1 Cargas Leg. s/Serv. Personales 1.800
2 Materiales y Suministros 916
3 Servicios No Personales 82.207
4 Materiales y Suministros 315.030
5 Tierras, Edif. y Otros Activos 271.296
6 Construc, Mejoras y Reparaciones 237.685
7 Subsidios y Otras Transferencias 426
8 Servicio de Deuda y Anticipos.-
T O T A L 919.833
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
abril de 2003. -
Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto Nº
84/84 del 1º de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo concerniente
a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa,
entre rubros de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre el
componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la
autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10
días siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal
de Cuentas.
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los Anexos I, II y III<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg"
BORDER=0> adjuntos que forman parte integrante de este Decreto. -
Apruébase las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Compras, Operativo, de Operaciones Financieras y de inversiones de la
Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland
correspondiente al ejercicio 2004, de acuerdo con el siguiente detalle:
I.- PRESUPUESTO DE COMPRAS - ENERGIA -
(Operativo e Inversiones).- 29.478.217.606
RUBRO DENOMINACION $ $
1.100 Retribuciones Servicios Personales 632.045.589
1 Personal Presupuestado 390.352.907
- Sueldo Básico 385.762.531
- Adelantos a Cuenta 2.258
- Res. 470/5/92 4.588.118
2 Personal Contratado 16.887.226
- Otros Contratados 12.383.266
- Changas 4.178.686
- Adelantos a Cuenta 93
- Res. 470/5/92 325.181
3 Otras Compensaciones 224.805.456
- Prima por Antigüedad 18.677.134
- Varios 129.655.674
- Quebrantos de Caja 1.267.946
- Viático Comida 62.637.158
- Compensación Producto 12.567.544
1.101 Cargas Legales 106.947.275
1.- Aport.Soc.a Org.Est.y Paraest. 105.935.035
2.- Subsidios por Fallecimiento.- 1.012.240
1.102 Materiales y Suministros 13.423.602.200
1.- Alim.y Prod.Agrop.Forest.y Mar. 10.318.646
2.- Minerales. 12.427.162.606
3.- Prod. Textil de Vest. Y Cuero. 2.818.060
4.- Prod.Papel, Libros e Impresos. 9.109.107
5.- Prod. Energéticos. 683.510.612
6.- Prod. Químicos y Conexos. 221.196.921
7.- Prod. Miner., no met. 7.655.580
8.- Prod. Metálicos. 48.288.080
9.- Otros Materiales y Suministros 13.542.588
1.103 Servicios No Personales 4.104.265.555
1.- Servicios Básicos 47.823.925
2.- Publicidad, Impresos y Encuad. 37.912.518
3.- Pas,Víat.y Ots.Gtos.Traslado. 36.572.338
4.- Transporte y Almacenaje 1.252.276.036
5.- Arrendamientos 20.657.572
6.- Seguros y Comisiones 2.288.322.456
7.- Serv. Contr. p/Mantenimiento. 184.244.096
8.- Serv. Prof. Contratados 104.736.560
9.- Otros Serv. Contratados. 131.720.054
1.104 Maq. Equip. y Mob. Nuevos 364.273.111
1.- Maq.y Eq. De Producción. 149.889.600
2.- Máquinas y Eq. de Oficina. 65.178.720
3.- Equipos Científicos. 3.971.520
4.- Eq. Educ. Cult. Y Recreativos. 144.000
5.- Equipos de Transporte 1.987.200
6.- Equipos de Comunicaciones. 8.366.400
7.- Motores y Partes p/Reemplazo. 54.095.671
9.- Otros 80.640.000
1.105 Tierras, Edif. Y Otros Act. Preex. 228.096.000
5.- Activos Financieros 228.096.000
1.106 Const. Mej y Repar. Extraord. 237.396.800
2.- Edificaciones 5.760.000
3.- Ob. Hidraul., Eléct.y Sanitar. 123.248.000
5.- Inst.de Trasmisión y Distribuc. 99.460.800
6.- Rep. Mayores y Extraordinarias 8.928.000
1.107 Subsidios y Otras Transferencias 7.709.397.716
1.- Transf.A C.Gral. De la Nación 3.788.152
3.- Subsidios a Organismos Públicos 3.345.070
4.- Subsidios a Organismos Privados 8.033.456
5.- Transf.Unid.Fam.P/Pers. en Act. 96.436.516
Hogar Constituido 9.506.678
Asignación Familiar 4.111.145
Primas por Nacimiento y Maternidad 281.644
Servicio Médico 53.011.260
Otros con Retardo Mental 5.333.857
Serv. a las Pers. En Act. 15.333.932
Serv. a Unid. Fam. 8.858.000
7.- Pasantías 4.859.167
Becas 1.519.733
9.- Trib. Municipales y Nacionales 7.591.415.622
Contrib. Inmobiliaria y Patentes 14.276.170
IMESI 4.245.176.744
Tasa de Inflamables 120.236.095
ICOME 361.056.830
IVA no deducible 126.483.957
IVA deducible 211.235.103
IVA inversiones 125.857.111
Cofis 17.584.026
Cofis Inversiones 16.481.686
Diferencia Iva Deducible 1.550.105.900
Iric y Patrim. 802.922.000
Otros
1.108 Servicio de Deuda y Anticipos 2.147.231.180
1.- Amortización Deuda Interna 112.586.348
2.- Amortización Deuda Externa 1.701.342.374
3.- Intereses Deuda Interna 57.600.000
4.- Intereses Deuda Externa 156.583.498
6.- Préstamos 119.118.960
1.109 Asignaciones Globales 524.962.180
4.- Partidas a Reaplicar 524.962.180
I.- PRESUPUESTO DE COMPRAS - PORTLAND -
(Operativo e Inversiones).- 561.596.260
RUBRO DENOMINACION
1.300 Retribuciones Servicios Personales 73.157.024
1 Personal Presupuestado 36.138.072
- Sueldo Básico 35.495.499
- Adelantos a Cuenta 255
- Res. 470/5/92 642.318
2 Personal Contratado 250.594
- Otros Contratados 212.779
- Changas 33.451
- Adelantos a Cuenta
- Res. 470/5/92 4.364
3 Otras Compensaciones 36.768.358
- Prima por Antigüedad 2.377.634
- Varios 24.264.204
- Quebrantos de Caja 203.486
- Viático Comida 8.415.252
- Compensación Producto 1.507.782
1.301 Cargas Legales 12.925.766
1.- Aport.Soc. a Org.Est.y Paraest. 12.663.681
2.- Subsidios por Fallecimiento.- 262.085
1.302 Materiales y Suministros 155.147.054
1.- Alim.y Prod.Agrop.Forest.y Mar. 33.946
2.- Minerales. 20.638.435
3.- Prod. Textil de Vest. y Cuero. 271.034
4.- Prod.Papel, Libros e Impresos. 8.608.978
5.- Prod. Energéticos. 100.222.318
6.- Prod. Químicos y Conexos. 5.949.919
7.- Prod.Minerales, no met. 7.096.980
8.- Prod. Metálicos. 8.664.827
9.- Otros Materiales y Suministros 3.660.617
1.303 Servicios No Personales 159.143.727
1.- Servicios Básicos 2.966.850
2.- Publicidad, Impresos y Encuad. 121.775
3.- Pas, Víat.y Ots. Gtos.Traslado. 3.743.638
4.- Transporte y Almacenaje 23.501.974
5.- Arrendamientos 628.244
6.- Seguros y Comisiones 43.027.013
7.- Serv. Contr. p/Mantenimiento. 6.887.228
8.- Serv. Prof. Contratados 8.423.056
9.- Otros Serv. Contrat. 69.843.949
1.304 Maq. Equip. y Mob. Nuevos 30.532.182
1.- Maqu. y Eq. De Producción. 4.752.000
2.- Máquinas y Eq. de Oficina.
3.- Equipos Científicos.
4.- Eq. Educ. Cult. Y Recreativos.
5.- Equipos de Transporte
6.- Equipos de Comunicaciones.
7.- Motores y Partes p/Reemplazo. 25.780.182
9.- Otros
1.305 Tierras, Edif. Y Otros Act. Preex. 43.200.000
5.- Activos Financieros 43.200.000
1.306 Const. Mej y Repar. Extraord. 288.000
2.- Edificaciones 288.000
3.- Ob. Hidraul., Eléct.y Sanit.
5.- Inst. de Trasmisión y Distrib.
6.- Rep. Mayores y Extraordinarias
1.307 Subsidios y Otras Transferencias 77.000.378
1.- Transf. A C.Gral. De la Nación
3.- Subsidios a Organismos Públicos
4.- Subsidios a Organismos Privados
5.- Transf.Unid.Fam.P/Pers. en Act. 7.580.007
Hogar Constituido 1.857.533
Asignación Familiar 676.608
Primas por Nacimiento y Maternidad 41.671
Servicio Médico 4.091.136
Otros con Retardo Mental
Serv. a las Pers. En Act. 913.059
Serv. a Unid. Fam.
7.- Pasantías 2.655.407
Becas 1.594.126
9.- Trib. Municipales y Nacionales 65.170.838
Contrib. Inmobiliaria y Patentes 307.000
IMESI
Tasa de Inflamables
ICOME 1.856.786
IVA no deducible
IVA deducible 56.201.911
IVA inversiones 1.193.976
Cofis 2.627.764
Cofis Inversiones 151.200
Diferencia Iva Deducible
Iric y Patrimonio
Otros 2.832.200
1.308 Servicio de Deuda y Anticipos
1.- Amortización Deuda Interna
2.- Amortización Deuda Externa
3.- Intereses Deuda Interna
4.- Intereses Deuda Externa
6.- Préstamos
1.309 Asignaciones Globales 10.202.129
4.- Partidas a Reaplicar 10.202.129
El Presupuesto de Compras comprende las partidas aprobadas contra las
cuales se efectuará el control de disponibilidad y la intervención
preventiva de legalidad del gasto a nivel total de Energía y total de
Portland. Se presentará en forma global a nivel de toda la Empresa con
una apertura a nivel de renglón para los rubros 0 "Retribución de
Servicios Personales", Rubro 1 "Cargas Legales sobre Servicios
Personales" y Rubro 7 "Subsidios y otras Transferencias", y a nivel de
rubro para los rubros 2 "Materiales y Suministros", 3 "Servicios no
Personales", 4 "Maquinaria, Equipos y Mobiliarios Nuevos", 5 "Tierras,
Edificios y otros Activos", 6 "Construcciones, Mejoras y Reparaciones
Extraordinarias" y 8 "Servicio de Deuda y Anticipos".
Será aprobado en moneda nacional, presentando un detalle de aquellos
montos que se estima se ejecutarán en moneda extranjera.
La Administración elevará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al
31 de enero de 2004, la eliminación del 100% de las vacantes generadas
entre el 1º de junio de 2003 y el 31 de diciembre de 2003 a efectos de
reducir los rubros de mano de obra correspondientes.
En caso de resultar necesario el mantenimiento de determinadas vacantes
por tratarse de cargos absolutamente imprescindibles, la Administración
deberá suprimir las partidas equivalentes. A todos los efectos, la
eliminación de las vacantes comprenderá la retribución total del cargo
incluyendo las compensaciones y beneficios sociales (rubros 0, 1 y 7) o
sus equivalentes en el clasificador de gasto vigente para la
Administración Central, Decreto Nº 395/98 de 30 de diciembre de 1998.
Asimismo se deberá eliminar en forma definitiva o disminuir en los montos
equivalentes en otros renglones del rubro 0 y/u otros cargos, las
vacantes generadas como consecuencia de la aplicación de incentivos al
retiro en el ejercicio 2003.
El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo
adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras
Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en
períodos acordes con las disposiciones legales vigentes.
No constituyen partidas limitativas, la Versión de Resultados (artículo
643 de la Ley Nº 16.160), el ICOME (Ley Nº 16.462 Título 12 artículos 1º,
2º y 3º del Texto Ordenado), el IMABA (Ley Nº 15.809 artículos 646 y
647), el Impuesto al Patrimonio y a la Renta de Industria y Comercio
(artículos 638 y 639 de la Ley Nº 16.170), el COFIS (Ley Nº 17.502
artículo 9), la amortización de préstamos, ni los intereses a devengar
por los mismos ni las partidas para incentivo al retiro o la compra de
crudo y derivados. Las modificaciones efectuadas de acuerdo a las
necesidades se comunicarán al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de
planeamiento y Presupuesto.
Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de planes de
incentivo al retiro de sus funcionarios en el marco de las pautas
sugeridas por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en las Notas Nº
52/C/02 de 17 de octubre de 2002; Nº 53/C/02 de 20 de noviembre de 2002 y
Nº 43/C/03 de 4 de junio de 2003 y de conformidad con la reglamentación
que oportunamente dicte.
El Directorio otorgará las prestaciones del viático de Comida y la
Compensación Producto a los funcionarios públicos que prestan servicios
en ANCAP, sin excepciones, así como a todo el personal del Organismo. El
viático de comida se regirá en cuanto a su monto y reajuste a lo
dispuesto por el Poder Ejecutivo. El monto individual equivale a $ 2.020
(pesos dos mil veinte) por mes a nivel de precios de enero - abril 2003.
La compensación producto corresponde al equivalente del importe de una
garrafa de supergás de 13 kilos. El monto individual equivale a $ 359,88
(pesos trescientos cincuenta y nueve 88/100) por mes a nivel de precios
enero - abril 2003, y se regirá en cuanto a su reajuste a la evolución
del precio de venta del supergas.
El Viático Comida y la Compensación Producto se abonarán en forma
proporcional a la extensión horaria de la jornada que habitualmente
cumple el beneficiario y se liquidarán en forma proporcional al tiempo
trabajado, a cuyos efectos se descontará 1/25 por cada día no trabajado.
Estas prestaciones no se liquidarán al funcionario en los días que el
mismo falte a sus tareas, haga uso de licencia extraordinaria sin goce de
sueldo o esté suspendido.
El Viático Comida y la Compensación Productos están afectados por el
descuento de montepío en su totalidad.
Artículo 10 — Artículo 10
La realización del trabajo en horario extraordinario, en aquellas tareas
excepcionales que resulten imprescindibles para el normal funcionamiento
del servicio y que no puedan ser compensadas con horas y días libres de
descanso, será efectiva y excepcionalmente paga de acuerdo c la normativa
vigente, previa expresa resolución fundada del directorio. Se deberá
cumplir con los extremos dispuestos en los artículos 3º y 4º del Decreto
Nº 159/02 de 30 de abril de 2002.
Artículo 11 — Artículo 11
Una vez aprobado por parte del poder Ejecutivo el Presupuesto 2004, la
Administración presentará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en
un plazo no mayor de sesenta días de dicha fecha, los estudios de
rentabilidad económica y social de todos aquellos proyectos que superen
el 10% del monto global del Presupuesto Anual de Inversiones con un monto
mínimo de u$s 500.000 (dólares estadounidenses quinientos mil).
Artículo 12 — Artículo 12
Ninguna persona física que preste servicios personales a la
Administración cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación
podrá recibir ingresos salariales mensuales permanentes por todo
concepto, por el desempeño conjunto de sus actividades, superiores al 60%
de la retribución total sujeta a montepío, del Presidente de la
República, conforme a lo dispuesto en el artículo 12º de la Ley Nº
17.556.
Artículo 13 — Artículo 13
El Servicio Asistencial de ANCAP destinado a brindar asistencia a los
funcionarios y ex - funcionarios, se brindará en las condiciones
establecidas en la normativa legal vigente.
Artículo 14 — Artículo 14
Prohíbese disponer la contratación de personal de confianza en tareas de
asesoría, secretaría, etc., por un monto mensual por Director que supere
el equivalente a una vez y media la remuneración de un Ministro de Estado
no pudiendo adicionar ninguna otra retribución en efectivo o en especie a
dichos contratos, tales como horas extras, compensaciones, productividad,
participación en las utilidades o fondos de participación en utilidades o
fondos de participación, conforme a lo establecido en el artículo 23º de
la Ley Nº 17.556 y Nota Nº 015/C/03 de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
Artículo 15 — Artículo 15
Los beneficios sociales que evolucionan con el Salario Mínimo Nacional,
Indice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados a valores
promedio enero - abril 2003 y se ajustarán a la evolución que registren
dichos parámetros.
Artículo 16 — Artículo 16
Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros 0
"Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas legales sobre
Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" para
financiar la incorporación y recomposición de carrera de aquellos
funcionarios que fueron destituídos o postergados en virtud de lo
dispuesto en el Acto Institucional Nº 7, mediante actos contrarios a una
regla de derecho o dictados con desviación de poder, previa comunicación
a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la
Repúblicas.
Artículo 17 — Artículo 17
La Prima por Antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por
ciento) del Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el
Poder Ejecutivo.
Artículo 18 — Artículo 18
La prima por Hogar Constituído se liquidará de acuerdo a lo dispuesto en
el art. 24 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituído
se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para el Salario
Mínimo Nacional para la actividad privada. (*)
Artículo 19 — Artículo 19
El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de
Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con
vigencia desde el 1º de junio de 1986.
Artículo 20 — Artículo 20
El subrubro 7.9 "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
Específico Interno, la Tasa de Inflamables, el Impuesto al Valor
Agregado; COFIS; el Impuesto a la Compra de Moneda Extranjera, al igual
que el Adelanto a Cuenta de Resultados dispuesto por el artículo Nº 643
de la Ley 16.170, a precios de enero - abril de 2003, cuyas partidas no
son de carácter limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y
volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y
Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 21 — Artículo 21
Las partidas de gastos (funcionamiento y de inversión) están calculadas
en moneda nacional a nivel medio de enero - abril de 2003 y las en moneda
extranjera al tipo de cambio de un dólar $ 28,80. Las mismas se ajustarán
en función de la variación del I.P.C. confeccionado por el Instituto
Nacional de Estadística y la evolución del tipo de cambio vendedor del
dólar, respectivamente.
Artículo 22 — Artículo 22
Para la elaboración y ejecución del Presupuesto Anual se aplica la
metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos
impartidos por el Poder Ejecutivo.
Las Asignaciones presupuestales se afectarán por las incorporaciones de
bienes y servicios.
Artículo 23 — Artículo 23
Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales
de los rubros de gastos e inversiones, se realizará ajustando los
duodécimos de cada rubro para el período que resta hasta el fin del
ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales
a precio promedio corriente del año. Dichos ajustes se realizan en
función de los aumentos salariales dispuestos de acuerdo con el artículo
6º y las variaciones estimadas del I.P.C. y del tipo de cambio promedio
para dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
comunicará a los Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado
en un plazo no mayor de 15 días a partir de la vigencia del incremento
salarial.
Los Directorios a su vez en un plazo no mayor de 30 días, deberán elevar
la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de
proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las
partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal
de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para su conocimiento.
Artículo 24 — Artículo 24
En materia de trasposiciones entre rubros del Presupuesto de Compras,
las mismas serán aprobadas por el Directorio de ANCAP y comunicadas a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la
República dentro de los diez días subsiguientes. Las trasposiciones
regirán hasta el 31 de diciembre y tendrán las limitaciones establecidas
en el artículo 33º de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001.
Artículo 25 — Artículo 25
El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero servirá
para reforzar los restantes rubros, salvo el Rubro 0 "Retribución de
Servicios Personales"; el rubro 1" Cargas Legales sobre Servicios
Personales y el subrubro 7.5. "Transferencias a Unidades Familiares por
Personal en Actividad" del rubro 7 "Subsidios y Otras Transferencias".
La autorización de los refuerzos mediante el uso del rubro 9
"Asignaciones Globales" será de resorte interno del Organismo.
Artículo 26 — Artículo 26
Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones a regir para el
año y según lo dispuesto por el artículo Nº 228 de la Constitución, rigen
las partidas ajustadas del último presupuesto aprobado.
Artículo 27 — Artículo 27
Dése cuenta a la Asamblea General.
Artículo 28 — Artículo 28
Comuníquese, publíquese, etc.