Decreto449-1993·1993

CONDICIONES Y PROGRAMA DE INGRESO A LA ESCUELA MILITAR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/10/1993

Fecha de publicación

27/10/1993

Artículos (2)

Artículo 1

Artículo 1.- Sustitúyese el literal b) del artículo 1° del Reglamento sobre Condiciones y Programa de Ingreso a la Escuela Militar aprobado por decreto 864/988 de fecha 20 de diciembre de 1988, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1º.- "b) Ser soltero, sin descendencia, debiendo permanecer en esa situación hasta egresar del Instituto.

Artículo 2

Artículo 2.- Amplíase el artículo 1° y sustitúyese el literal j) del artículo 2° del mencionado Reglamento, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "ARTICULO 1º.- ... I) Quienes no se ajusten a lo establecido en el literal b) del presente artículo, serán dados de baja en forma automática, debiéndose respetar las situaciones ya configuradas hasta la publicación en el Diario Oficial de la presente norma". "ART. 2º ... j) Datos personales y familiares. El formulario correspondiente será suministrado, a pedido del interesado, por la Escuela o el Liceo Militar, comprendiendo en el de la Escuela Militar a texto expreso, las limitaciones previstas en el literal b) del artículo 1º de este Reglamento".