Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes Tasas y Tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones, que tendrán vigencia a partir del 1ro. de febrero de 2000. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes Tasas y Tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones, que tendrán vigencia a partir del 1ro. de febrero de 2000. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese y pase a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (A.N.TEL.), a sus efectos. Cumplido, archívese.