Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas a regir a partir del 1º de enero de 2004, para el suministro de gas propano y gas natural por redes correspondientes a la Ciudad de la Costa, sur del país y Ciudad de Paysandú, conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I, II y III, que forman parte del presente decreto.