Decreto451-2007·2007

INDEMNIZACION ECONOMICA PARA PERJUDICADOS DE FRAY BENTOS POR LA INTERRUPCION DE LA LIBRE CIRCULACION EN EL PUENTE BINACIONAL LIBERTADOR SAN MARTIN

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/11/2007

Fecha de publicación

28/11/2007

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Intendencia Municipal de Río Negro cuando corresponda, identificará los damnificados por la interrupción del Puente Libertador San Martín. En un plazo máximo de 10 días a partir de la vigencia del presente Decreto, la referida Secretaría de Estado deberá establecer el lugar y forma de presentación de las reclamaciones en la ciudad de Fray Bentos.

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, dispondrá el monto de la indemnización que corresponde a cada uno de los damnificados.

Artículo 3Artículo 3

Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a destinar hasta $ 2:500.000 (pesos uruguayos dos millones quinientos mil) con cargo a Rentas Generales, Inciso 24 - Diversos Créditos - Objeto del Gasto 713.000 "Acontecimientos Graves e Imprevistos" a efectos de proceder a las indemnizaciones dispuestas en el inciso precedente.

Artículo 4Artículo 4

Los reclamantes deberán probar fehacientemente que se encontraban desarrollando actividades empresariales, y/o laborales al momento de iniciarse el bloqueo del referido Puente, y demostrar que el mismo es la causa sustancial y directa de la disminución de su ingreso, debiéndose presentar dentro de los 15 días siguientes al plazo establecido en el artículo 1º.

Artículo 5Artículo 5

Establécese un plazo de 30 días - a partir de la finalización del plazo establecido en el artículo 4º - para que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social eleve el informe con identificación de damnificados y monto sugerido de la indemnización.

Artículo 6Artículo 6

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, etc.-