Decreto456-2002·2002

EMISION DE BONOS DEL TESORO EN UNIDADES INDEXADAS (UI) SERIE 1

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/11/2002

Fecha de publicación

12 de marzo de 2002

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Banco Central del Uruguay a ampliar por hasta la suma de UI 400.000.000,00 (cuatrocientos millones de unidades indexadas), la emisión de "Bonos del Tesoro en Unidades Indexadas (UI) Serie 1", autorizada por Decreto Nº 455/002, de 21 de noviembre de 2002, con las mismas condiciones establecidas en dicha norma y manteniendo el 6 de noviembre de 2002 como fecha de emisión.

Artículo 2Artículo 2

Los referidos Bonos del Tesoro podrán ser canjeados por el Banco Central del Uruguay en forma directa a las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional y a otros organismos previsionales paraestatales, en las mismas condiciones establecidas en el Decreto Nº 455/002, citado y en el Convenio suscrito entre las mencionadas entidades el día 14 de noviembre de 2002.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.-