Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse los siguientes volúmenes físicos como capacidad productiva de la hectárea media del país, para el período 1o. de julio de 1990 al 30 de junio de 1993: Producción de carne bovina ............. - 45.5 Kgs. Producción de carne ovina .............. - 11.0 Kgs. Producción de lana ..................... - 5.7 Kgs.