Decreto459-2016·2016

APROBACION DE LA "AGENDA URUGUAY DIGITAL 2020"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/12/2016

Fecha de publicación

23/01/2017

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la "Agenda Uruguay Digital 2020" que se agrega como anexo y se considera parte integrante de este Decreto. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>

Artículo 2Artículo 2

Encomiéndase a los responsables de los compromisos a avanzar en el cumplimiento de las metas aprobadas en las condiciones establecidas en la Agenda individualizada en el artículo 1°.

Artículo 3Artículo 3

Encomiéndase a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) el seguimiento y evaluación del avance de la referida Agenda. En ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 76 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, el Consejo Directivo Honorario de AGESIC modificará la integración del Consejo para la Sociedad de la Información para el período al 2020, en concordancia con los nuevos compromisos asumidos.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.