Decreto46-2013·2013

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 2012

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de junio de 2013

Fecha de publicación

14/02/2013

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fijase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de diciembre de 2012, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 609,13 (pesos uruguayos seiscientos nueve con cincuenta y trece centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de diciembre de 2012 en $ 605,77 (pesos uruguayos seiscientos cinco con setenta y siete centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de diciembre de 2012 a 116,72 (ciento dieciséis con setenta y dos), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 2013 es de 1,0748 (uno con setecientos cuarenta y ocho diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.