Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el plazo de ejecución de la primera etapa de la Iniciativa para el Río Negro, previsto en el Decreto N° 90/022, de 18 de marzo de 2022, ampliándose su vigencia hasta el 18 de marzo de 2024; para la ejecución de aquellos proyectos no finalizados o aquéllos que el Comité Coordinador Ejecutivo apruebe, de conformidad con el presupuesto disponible; así como también para dar trámite a las tareas administrativas que posibiliten el cierre de los proyectos ejecutados, con financiamiento proveniente del Fondo de Innovación Sectorial.