Decreto461-1992·1992

REGLAMENTO DE LA LEY DE PUERTOS Nº 16.246

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de febrero de 1992

Fecha de publicación

13/11/1992

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase en noventa (90) días el plazo de vigencia de la habilitación a que se refiere la disposición transitoria SEXTA del Decreto Nº 412/992 de 1º de setiembre de 1992, para la prestación de servicios portuarios a la mercadería por las empresas registradas en ANSE para la utilización de mano de obra portuaria, de acuerdo con el marco legal anterior.

Artículo 2Artículo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos (2) diarios de la Capital.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.