Decreto461-2002·2002

CLASIFICACION DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGAS. TRANSPORTE PROFESIONAL. TRANSPORTE PROPIO. EMPRESAS PROFESIONALES DE TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA PARA TERCEROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/11/2002

Fecha de publicación

12 de marzo de 2002

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los precios de referencia a que se refiere el Art. 17 literal i) del Decreto Nº 349/01, de 4 de setiembre de 2001 constituyen pautas para apreciar el normal funcionamiento del transporte profesional de cargas.

Artículo 2Artículo 2

La prueba del cobro de fletes con descuentos mayores al 30% del precio de referencia, será un indicio de informalismo y determinará que la empresa o el transportista que incurra en él deberá ser objeto de inspección por los órganos competentes a todos los efectos legales y reglamentarios.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.