Decreto462-1986·1986

CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 9 INDUSTRIA DE LA CARNE. SUBGRUPO INDUSTRIA AVICOLA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/07/1986

Fecha de publicación

20/08/1986

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase con carácter nacional un incremento salarial del 20% (veinte por ciento) para los trabajadores del Grupo Nº 9 "Industria de la Carne" Subgrupo "Industria Avícola", con vigencia desde el 1º de junio al 30 de setiembre de 1986.

Artículo 2Artículo 2

Los precios de los bienes y servicios de la actividad privada no podrán ser incrementados en más de un 15% de la incidencia de los salarios de la estructura de costos de cada empresa, por concepto del incremento de los ingresos del personal otorgados por el presente decreto.

Artículo 3Artículo 3

Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 30 de setiembre de 1986, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.-