Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse aplicables a partir de la promulgación de este Decreto, el Anexo y Apéndices al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para el Personal de los Buques Pesqueros, 1995 (STCW-F/95), que lucen de fojas 3 a 26 del Expediente del Ministerio de Defensa Nacional 97-062722, los cuales se consideran parte integrante de la presente norma.- (*)