Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse los siguientes montos de abatimiento de las asignaciones presupuestales para el ejercicio 1991, a precios del 1º de enero de 1990, en los incisos que se indican a continuación. La apertura a nivel de proyectos de inversión se incluye en el ANEXO<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forma parte integrante de este Decreto. Inciso Denominación N$ 02 Presidencia de la República 207.478.000 03 Ministerio de Defensa Nacional 369.541.000 04 Ministerio del Interior 38.040.000 05 Ministerio de Economía y Finanzas 42.483.500 06 Ministerio de Relaciones Exteriores 4.750.000 07 Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca 360.214.634 08 Ministerio de Industria, Energía y Minería 29.855.000 09 Ministerio de Turismo 49.910.000 10 Ministerio de Transporte y Obras Públicas 385.702.500 11 Ministerio de Educación y Cultura 340.673.750 12 Ministerio de Salud Pública 183.942.500 13 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social 30.453.500 14 Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente 712.828.000 TOTAL: 2.755.872.384