Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 16 de diciembre de 2002 el plazo para que los sujetos pasivos interesados soliciten ampararse al régimen de facilidades de pago a que refiere el Decreto Nº 370/002 de 23 de setiembre de 2002.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 16 de diciembre de 2002 el plazo para que los sujetos pasivos interesados soliciten ampararse al régimen de facilidades de pago a que refiere el Decreto Nº 370/002 de 23 de setiembre de 2002.-
Artículo 2 — Artículo 2
Amplíase hasta el 16 de diciembre de 2002 el plazo de presentación perentorio otorgado por la Dirección General Impositiva de acuerdo a lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 4º del Decreto referido en el artículo anterior.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc.