Decreto465-2007·2007

AUTORIZACION PARA LA COMPRA DE TITULOS DE DEUDA PUBLICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de marzo de 2007

Fecha de publicación

12 de noviembre de 2007

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase la compra por hasta U$S 500:000.000,oo (quinientos millones de dólares de los Estados Unidos de América), hasta los montos y en las condiciones que indique el Ministerio de Economía y Finanzas, de todos los títulos de deuda emitidos por la República bajo ley extranjera y ley uruguaya.

Artículo 2Artículo 2

Cométese al Ministerio de Economía y Finanzas y al Banco Central del Uruguay, indistintamente, a llevar a cabo el proceso de compra de los títulos de deuda pública, a efectuar la oferta pública de compra y a negociar, aprobar y suscribir en representación de la República, los contratos y documentos que se requieran a los efectos de las operaciones dispuestas en este Decreto. El Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del Estado, llevará adelante los procedimientos requeridos para hacer efectiva la operación. La representación del Estado será ejercida, indistintamente, por los Economistas Mario Bergara y Carlos Sténeri.

Artículo 3Artículo 3

Encomiéndase al Dr. Fernando Scelza, en su calidad de Asesor Letrado del Ministerio de Economía y Finanzas, la redacción y firma de las opiniones legales correspondientes.

Artículo 4Artículo 4

Encomiéndase a la Directora General del Ministerio de Economía y Finanzas, Cra. Elizabeth Oria, la expedición de las constancias y certificaciones pertinentes.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.