Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse los Programas Integrales de Salud y el Catálogo de Prestaciones definidos por el Ministerio de Salud Pública, que deberán brindar a sus usuarios los prestadores que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud, contenidos en los Anexos I y II, que se agregan y forman parte integrante del presente Decreto. (*)