Decreto465-2021·2021

EXHORTACION A UTE A PRORROGAR LOS PROGRAMAS DE BENEFICIOS PROMOVIDOS POR LOS DECRETOS QUE SE DETERMINAN. 1º DE JULIO DE 2021 – 31 DE DICIEMBRE DE 2021

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/12/2021

Fecha de publicación

1 de noviembre de 2022

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a prorrogar, desde el 1° de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, los programas de beneficios promovidos por: * Decreto N° 135/018, de 7 de mayo de 2018. * Decreto N° 170/018, de 4 de junio de 2018. * Decreto N° 264/018, de 27 de agosto de 2018.

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Industria, Energía y Minería establecerá las condiciones de la prórroga de los programas de beneficios, el mecanismo de implementación, los porcentajes del beneficio y la verificación del cumplimiento de las obligaciones.

Artículo 3Artículo 3

El incumplimiento de los compromisos asumidos por los beneficiarios de la prórroga de los respectivos programas podrá ser considerado como causal de exclusión de futuros beneficios impulsados por el Ministerio de Industria, Energía y Minería.

Artículo 4Artículo 4

El monto máximo a destinar a los programas de beneficios prorrogados será el remanente, de los $ 65.000.000 (pesos uruguayos sesenta y cinco millones), que fueron destinados por el Decreto Nro. 255/021, de 6 de agosto de 2021, a dichos programas durante el respectivo período de prórroga.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese y publíquese, etc.