Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones a deducir de los tributos que recauda, los gastos previstos en el artículo 12 de la Ley Nº 18.033 de 13 de octubre de 2006.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones a deducir de los tributos que recauda, los gastos previstos en el artículo 12 de la Ley Nº 18.033 de 13 de octubre de 2006.
Artículo 2 — Artículo 2
Publíquese y comuníquese a la Contaduría General de la Nación.