Decreto47-2014·2014

UTILIZACION DEL LOGO DEL BICENTENARIO URUGUAY. AÑO 2014

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/02/2014

Fecha de publicación

3 de mayo de 2014

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese la obligatoriedad de la utilización durante todo el año 2014 por parte de los Incisos de la Administración Central, del logo del Bicentenario Uruguay seleccionado por la "Comisión del Bicentenario de la Revolución de Independencia del Río de la Plata 2010-2015" con la leyenda "José Artigas - Unión de los pueblos libres", el cual deberá ser incluido en lugar a determinar por cada organismo, en todos los soportes donde se utilicen logos institucionales.

Artículo 2Artículo 2

En las páginas web de los Incisos de la Administración Central donde aparezca el logo del Bicentenario, éste deberá ser el enlace con la página web de la "Comisión del Bicentenario de la Revolución de Independencia del Río de la Plata 2010-2015".

Artículo 3Artículo 3

En las actividades oficiales que se realicen se deberá incluir en los banners con los distintivos oficiales de cada organismo el logo del Bicentenario con la leyenda "José Artigas - Unión de los pueblos libres".

Artículo 4Artículo 4

La Secretaría Ejecutiva de la "Comisión del Bicentenario de la Revolución de Independencia del Río de la Plata 2010-2015" pondrá a disposición los diseños base de la marca, con un manual de marca adecuado para el correcto uso de la misma.

Artículo 5Artículo 5

Se exhorta a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados a adoptar por decisiones internas lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese, etc.