Artículo 1 — Artículo 1
El trámite de cobro del subsidio por enfermedad previsto en el Decreto Ley N° 14.407, de fecha 22 de julio de 1975, cuando fuere originado por la enfermedad Covid-19, podrá solicitarse por los mecanismos legales vigentes o por los medios electrónicos dispuestos transitoriamente en virtud de la emergencia sanitaria, en los términos y condiciones del presente Decreto.