Decreto470-1990·1990

APROBACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE TUTELA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/10/1990

Fecha de publicación

2 de enero de 1991

Artículos (5)

Artículo 1

I) MISION Creado por decreto ley 14.157 de fecha 21 de febrero de 1974 Orgánico de las Fuerzas Armadas (artículo 27, inciso B) que dice: "actúa en beneficio de los componentes de las Fuerzas Armadas y sus familiares en todo aquello no comprendido en las misiones de los Servicios de Vivienda y de Retiros y Pensiones Militares".

Artículo 2

II) FUNCIONES GENERALES Servir al Personal en actividad y retiro y sus familiares, en general a los miembros más vulnerables del grupo familiar y social, organizando servicios y afectando recursos para posibilitar que ejerzan sus derechos: a la vida sana, física y moral, a crecer y desarrollarse en un medio familiar, a vivir en un ambiente higiénico y confortable, a la educación, a la recreación; así como brindarles el amparo en la vejez y al momento de su deceso y el de sus familiares directos. Atender necesidades de naturaleza social del Personal Militar en actividad, retiro, sus familiares y pensionistas, buscando solucionar sus problemas concretos en las áreas de minoridad, ancianidad, recreación y apoyo a la salud. Asegurar la adecuada prestación de servicios fúnebres, panteones, nichos, urnarios, traslados de cuerpos. Asesoramiento jurídico en general. Administración y mantenimiento de Centros de Recuperación Física y Descanso, Colonia Vacacional, Hogar de Ancianos, Residencial para familiares de Personal Subalterno internado en Hospital Central de las Fuerzas Armadas, panteones, urnarios en Cementerio del Norte, Central y Buceo. Apoyo a la salud en casos de discapacitación, incapacidad y necesidad de prótesis ortopédicas o sensoriales. Apoyo a la educación y atención de los hijos (becas de estudio, bibliotecas y guarderías infantiles). Administración del Fondo de Tutela Social según decreto ley 15.569 de fecha 1º de junio de 1984.

Artículo 3

III) ORGANIZACION A) 1 - Dirección. 2 - Secretaría. 3 - División Administrativa. 4 - División Asesoría Jurídica. 5 - División Bienestar Social. 6 - División Contable. B) La Dirección está integrada: 1 - Director. 2 - Subdirector. 3 - Adjunto a la Dirección. C) División Administrativa comprende: 1 - Mesa de Entrada. 2 - Personal. 3 - Administración. D) La Asesoría Jurídica comprende: 1 - Jefe de División. 2 - Asesoría Interna. 3 - Asesoría Externa. E) La División Bienestar Social comprende: 1 - Jefe de División. 2 - Centro de Recuperación Física y Descanso para Personal Superior (Los Cerrillos). 3 - Colonia Vacacional Personal Subalterno (Los Cerrillos). 4 - Hogar de Ancianos Nº 1 (Los Cerrillos). 5 - Asistentes Sociales. 6 - Trámites (becas, campamentos, biblioteca, residencial). 7 - Servicio Fúnebre e Inhumaciones (trámites cementerios). F) La División Contable comprende: 1 - Jefe de División. 2 - Sección Contable. 3 - Sección Tesorería.

Artículo 4

IV) Funciones Particulares y Responsabilidades. 1 - Director. a) Es el responsable del funcionamiento integral del Servicio en todos los aspectos. b) Velará por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento. 2 - Subdirector. a) Es el asesor del Director y responsable ante él de todos los actos y aspectos administrativos del Servicio. b) Tendrá a su cargo los diferentes Departamentos del Servicio. c) Subrogará al Director en caso de ausencia de éste. 3 - Adjunto a la Dirección. a) Conjuntamente con el Subdirector dependerá del Director. b) Actuará de asesor de la Dirección. 4 - Secretaría. a) Depende administrativamente de la Dirección. b) Recepciona, clasifica y expide documentación oficial del Servicio. c) Ejerce el control administrativo de toda la documentación que sea elevada a la firma de la Dirección. 5) Asesorías. a) Dependerán del Subdirector. b) Asesorarán a la Dirección sobre todos los aspectos específicos inherentes a cada repartición. 6) De las Asesorías. a) División Administrativa: comprende a tres Secciones las cuales tendrán los siguientes cometidos: - Sección Registro, Trámite y Archivo: atiende todo lo referente al ingreso y egreso de expedientes e información de este Servicio con otros Organismos y viceversa. - Sección Personal: tiene ingerencia en lo relativo a la administración de ingresos y egresos del Personal, control de licencias, partes de enfermos, sanciones, novedades diarias. - Sección Administración: tiene la misión de asesorar al Comando en relación a las previsiones que se deberán tomar en cuanto a Servicios, materiales y víveres. Es la encargada de cuidar los bienes del Estado y las necesidades de funcionamiento y consumo del Servicio, incluyendo la flota automotriz asignada al mismo. b) División Asesoramiento Jurídico. - Asesoría Letrada Externa (consultorio jurídico): tendrá por cometido el asesoramiento y patrocinio en los asuntos de materia civil, comercial, de familia, etc. con excepción de la militar; radicados en Juzgado o Tribunales del Departamento de Montevideo. Las defensas penales merecerán un estudio particular pudiendo rechazarse en casos que a criterio de la Dirección afecten el buen nombre o la moral de las Fuerzas Armadas. Tendrán asimismo el cometido de asesorar en las mismas materias en asuntos de jurisdicción de juzgados del interior del país. Asesoría Letrada interna: cumplirá el cometido de asesorar a la Dirección del Servicio de Tutela Social en todos los aspectos administrativos y jurídicos que le competan. c) División Bienestar Social. - Organizar, administrar el funcionamiento de Hogares en el área de la ancianidad y de Residenciales para familiares. - Organizar, administrar el funcionamiento del Centro de Recuperación Física y Descanso para convalecientes del Personal Superior y de la Colonia de Vacaciones para Personal Subalterno y familiares. - Efectuar la prestación de Servicios Fúnebres, Salas Velatorias y traslados de cuerpos. - Organizar y controlar el funcionamiento de Panteones y Urnarios. - Proporcionar acción de Asistentes Sociales a nivel de Comandos y en el Servicio, para asesoramiento y solución de asuntos familiares y socioculturales. - Atender el mejoramiento del Bienestar Social de los beneficiarios acorde al decreto 326/984 de fecha 14 de agosto de 1984. - Administrar recursos para apoyo a bibliotecas. - Organizar y desarrollar toda actividad de recreación en el área de la minoridad. d) División Financiero Contable. - Administración del Fondo Especial de Tutela Social en fines primarios y Areas de Minoridad, Ancianidad, Recreación y Apoyo a la Salud, según el decreto 326/984 precitado. - Administración de rubros presupuestales para gastos e inversiones. - Contabilidad General. - Liquidación y pago de presupuesto. - Recaudación de fondos presupuestales y extrapresupuestales.

Artículo 5

V) Disposiciones Generales. A) Los cargos de Director del Servicio, Subdirector y Adjunto a la Dirección serán ejercidos por Oficiales Superiores siendo un representante por Fuerza. B) Los cargos de Jefes de División serán ejercidos por Oficiales Jefes. C) La Jefatura de la División Administrativa podrá ser ejercida por un Oficial Subalterno. D) El Director del Servicio dispondrá la emisión del Manual de Organización Funcionamiento del Servicio de Tutela Social en el cual desarrollará y profundizará la organización precedentemente establecida y detallará las normas y procedimientos del funcionamiento que aseguren el cumplimiento de la misión asignada.