Artículo 1 — Artículo 1
Créase la Comisión Nacional del "Mercado Común del Conocimiento", integrada por: El Ministro de Educación y Cultura que la presidirá; el Ministro de Relaciones Exteriores; el Secretario de la Presidencia de la República; y los Rectores de la Universidad de la República y de la Universidad Católica "Dámaso Antonio Larrañaga" (UCUDAL). Los referidos jerarcas, nombrarán un delegado alterno, los que actuarán en caso de ausencia del titular.