Decreto471-2007·2007

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de marzo de 2007

Fecha de publicación

12 de diciembre de 2007

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el N° 67763(P) ubicado en la 4ta. Sección Judicial del Departamento de Montevideo y que según plano de mensura N° 1397 del Departamento de Bienes Raíces levantado por el Ing. Agrim. Jorge Laviano se deslinda de la siguiente manera: al Norte da frente a la calle Asilo según una recta de 5 mt. 4 cm. cuyo punto más cercano dista 13 mt. 78 cm. de la esquina con la calle Comercio, por el Este y por el Sur linda con más superficie del padrón 67763 según dos rectas de 5 mt. cada una, y por el Oeste linda con el padrón N° 67762 según una recta de 5 mt. 64 cm. el cual consta de una superficie de 26 m2 60 dm2.

Artículo 2Artículo 2

Declárese urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027 del 17 de julio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.