Artículo 1
Artículo 1.- Modifícase el literal H. del numeral IV Disposiciones Generales del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, aprobado por el artículo 1ro. del Decreto 30/990 de 30 de enero de 1990, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "H.- El cargo de Sub-Director Técnico del Hospital Central de las Fuerzas Armadas, será ejercido por un Oficial Superior o Jefe Médico o Médico Equiparado a dichas jerarquías".