Decreto475-2002·2002

REGLAMENTACION DE LA LEY DE REACTIVACION ECONOMICA. PROCEDIMIENTO DE CONCESIONES DE OBRA PUBLICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de noviembre de 2002

Fecha de publicación

18/12/2002

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Exclúyese de la aplicación de las normas del Decreto Nº 442/002, de 28 de setiembre de 2002, a aquellas iniciativas de interés para el Estado que se encontraban en curso de preparación y estudio antes de la entrada en vigencia de dicho Reglamento. A los efectos de disponer tal exclusión, las Unidades Ejecutoras respectivas que conozcan la existencia de tales iniciativas, deberán hacerlo así constar en forma expresa y circunstanciada por decisión del jerarca superior de la Unidad. La exclusión se hará sin perjuicio de aplicar a la iniciativa de que se trate las disposiciones contenidas en el artículo 19 de la ley Nº 17.555, de 18 de setiembre de 2002.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.